Corte confirma condena contra Municipalidad de Cerro Navia por caída en vereda en mal estado

Corte confirma condena contra Municipalidad de Cerro Navia por caída en vereda en mal estado
Foto de referencia.

El tribunal de alzada ratificó la responsabilidad del municipio por falta de servicio y ordenó el pago de $15 millones por daño moral a una vecina que sufrió una grave fractura tras caer en una vereda sin mantención ni señalización, frente al CESFAM de Cerro Navia.

Cerro Navia, Santiago de Chile, 8 de enero de 2026. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó este miércoles la sentencia que condenó a la Municipalidad de Cerro Navia al pago de una indemnización de $15.000.000 por concepto de daño moral, a favor de una transeúnte que sufrió una grave lesión tras caer en una vereda en mal estado dentro de la comuna.

En fallo unánime (causa rol N° 5.974-2024), la Undécima Sala del tribunal de alzada —integrada por el ministro Manuel Rodríguez Vega, el fiscal judicial Jorge Norambuena Carrillo y el abogado integrante Rafael Plaza Reveco— ratificó la resolución dictada el 8 de febrero de 2024 por el Segundo Juzgado Civil de Santiago, que estableció la responsabilidad municipal por falta de servicio.

El accidente ocurrió el 25 de junio de 2021, cerca de las 14:45 horas, cuando doña Otilia Saldaño Saldaño transitaba por la vereda norte del pasaje Sado N° 7965, frente al Centro de Salud Familiar (CESFAM) “Cerro Navia”, con el objetivo de asistir a una consulta médica. Según se acreditó en el proceso, la víctima cayó producto de la existencia de una base de concreto con fierros sobresalientes —remanente de una banca retirada— que carecía completamente de señalización o medidas de advertencia.

Como consecuencia del hecho, la demandante sufrió una fractura en la muñeca y mano izquierda, debiendo ser atendida de urgencia en el CESFAM Cerro Navia y posteriormente derivada al Hospital Félix Bulnes, donde fue sometida a una intervención quirúrgica el 8 de julio de 2021. La afectada sostuvo que la lesión le provocó una pérdida significativa de funcionalidad en su mano izquierda, con un impacto directo en su calidad de vida y capacidad laboral.

La acción judicial fue interpuesta por el abogado Francisco Cornejo López, en representación de la víctima, en contra de la Ilustre Municipalidad de Cerro Navia, solicitando una indemnización total de $42.250.000 por concepto de daño emergente, lucro cesante y daño moral. No obstante, los tribunales acogieron la demanda únicamente respecto de este último ítem, fijando la indemnización en $15 millones.

En su resolución, la Corte de Apelaciones señaló que comparte íntegramente los fundamentos del fallo de primera instancia, confirmándolo conforme a lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil.

El fallo ratificado recordó que la jurisprudencia ha definido la falta de servicio como aquella situación en que el servicio público no funciona, funciona de manera imperfecta o lo hace tardíamente, provocando un daño a los usuarios. En este caso, se tuvo por acreditado —mediante registros fotográficos— que la base de concreto con fierros expuestos constituía un riesgo evidente para los peatones y que fue retirada por el propio municipio dos días después del accidente, circunstancia que el tribunal interpretó como un reconocimiento tácito de su peligrosidad.

Asimismo, el tribunal subrayó que, conforme a la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, los municipios tienen la obligación de administrar y mantener en buen estado los bienes nacionales de uso público existentes en la comuna. A ello se suma la Ley de Tránsito, que establece la responsabilidad civil municipal por los daños derivados del mal estado o la falta de señalización de las vías públicas.

En este contexto, la Corte concluyó que la omisión del municipio en la adecuada mantención y señalización de la vereda configuró una falta de servicio que comprometió su responsabilidad civil, justificando el pago de la indemnización a favor de la víctima.

2 Commentarios

  1. **wildgut**

    wildgut is a precision-crafted nutritional blend designed to nurture your dogs digestive tract.

  2. Excelente Noticia Tropezón ..Los Municipios Creén ser Intocables , Utilizando de Mal Manera los Recursos De una Comuna Vulnerable ,Así seguirá pagando esté "Alcalde ".. Sinvergüenza .. Felíz Por la Vecina y sus 15 Palos!!..
    Gracias Tropezón por Informarme ?

Envía tu comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *