
El Primer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago sentenció a Leonardo León y Cristóbal Aguilar por el robo con homicidio ocurrido en julio de 2023. Ambos quedaron inhabilitados de forma absoluta para ejercer cargos públicos y deberán entregar muestras biológicas para el registro de ADN.
Cerro Navia, Santiago de Chile. 4 de diciembre 2025. Tras más de dos años de investigación judicial, el Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó este miércoles a 15 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo a Leonardo Octavio León Espinal y Cristóbal Antonio Aguilar Huenún, declarados autores del robo con homicidio que costó la vida al repartidor de gas Fernando Henríquez Vargas Guerrero, en la comuna de Cerro Navia.
El fallo, acordado de manera unánime por los magistrados Irma Tapia Valdés, Ricardo Farías Quitral y María Isabel Pantoja Merino, impuso también la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos y oficios públicos, derechos políticos y profesiones titulares mientras dure la condena.
Asimismo, el tribunal absolvió a ambos acusados del delito de tenencia ilegal de armas de fuego, debido a que la acusación presentada por el Ministerio Público no contenía una descripción específica del arma atribuida. Si bien una pistola Bersa compatible con las evidencias balísticas fue hallada posteriormente, esta no se encontraba debidamente individualizada dentro de la causa.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, se ordenará la toma de muestras biológicas de los condenados para su incorporación al Registro Nacional de ADN, además del decomiso del arma y de las vainillas incautadas durante la investigación.
Reconstrucción del crimen
Los hechos ocurrieron el 4 de julio de 2023, cerca de las 20:20 horas, cuando León y Aguilar, junto a Benjamín Ignacio Figueroa Yáñez —ya condenado anteriormente— interceptaron al repartidor de gas en Cerro Navia. Según estableció el tribunal, los sujetos lo intimidaron con armas de fuego para robarle el camión con cilindros de gas y pertenencias personales como celulares.
Durante el asalto, los acusados efectuaron disparos que provocaron a la víctima una herida torácica mortal sin salida de proyectil, certificada como causa directa de su fallecimiento. Tras el ataque, los involucrados huyeron con el vehículo y las especies tobadas.
La sentencia consideró la colaboración parcial de los hoy condenados, quienes reconocieron el tiempo, lugar, intención de robo y participación en los disparos, lo que permitió aplicar una pena dentro del margen más acotado del rígido marco penal del artículo 449 N°1 del Código Penal. No obstante, el tribunal subrayó la gravedad y brutalidad del delito cometido contra un trabajador que cumplía sus labores.
