Condenan a hermanos Jiménez a 10 años y un día de cárcel por homicidio en Cerro Navia

Condenan a hermanos Jiménez a 10 años y un día de cárcel por homicidio en Cerro Navia

Foto de referencia. 

El Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago los declaró culpables del homicidio simple consumado de Juan Pablo Velásquez Delgado, ocurrido en junio de 2024. Ambos deberán cumplir la pena de manera efectiva.

Cerro Navia, Santiago de Chile. 17 de diciembre 2025. El Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Mirko Manuel Jiménez Rojas y Juan Marcelo Jiménez Rojas a la pena de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autores del delito consumado —recalificado— de homicidio simple, perpetrado en junio de 2024 en la comuna de Cerro Navia.

En un fallo unánime (causa rol 186-2025), el tribunal, integrado por las magistradas Irma Tapia Valdés (presidenta) y Mónica Urra Zúñiga, junto al magistrado Claudio Henríquez Alarcón (redactor), impuso además a ambos condenados las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y para el ejercicio de derechos políticos, así como la inhabilitación absoluta para ejercer profesiones titulares durante el tiempo que dure la condena.

Asimismo, una vez que la sentencia quede ejecutoriada, se ordenó la toma de muestras biológicas de los condenados con el fin de determinar su huella genética e incorporarla al Registro Nacional de ADN de Condenados.

Hechos acreditados

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que entre las 21:30 y las 22:30 horas del 3 de junio de 2024, la víctima Juan Pablo Velásquez Delgado se encontraba en calle Las Encinas, a la altura del número 1560, en Cerro Navia, cuando fue atacado por ambos hermanos, quienes portaban armas cortantes.

Durante la agresión, los imputados le propinaron múltiples heridas cortantes y al menos una de carácter penetrante en distintas partes del cuerpo. El ataque se extendió hasta la intersección de las calles Las Encinas y El Nogal, donde la víctima quedó tendida en el suelo, frente al número 8430 de esta última vía.

Velásquez Delgado fue trasladado de urgencia al Hospital Félix Bulnes, donde falleció el 5 de junio de 2024, producto de la gravedad de las lesiones sufridas.

Atenuante considerada, pero no calificada

El fallo consignó que, respecto de ambos acusados, concurrió una atenuante de responsabilidad penal, consistente en haber contribuido de manera sustancial al esclarecimiento de los hechos, al declarar en juicio y entregar versiones concordantes con otros medios probatorios, incluyendo la dinámica del enfrentamiento, el lugar de la agresión y los instrumentos utilizados.

Sin embargo, el tribunal precisó que dicha atenuante no fue considerada muy calificada, como solicitaban las defensas, al no revestir un carácter extraordinario, inusual o especialmente relevante, razón por la cual se desestimó esa pretensión.

Cumplimiento efectivo de la condena

Finalmente, el tribunal resolvió que, dada la extensión de la pena impuesta, no procede la aplicación de penas sustitutivas, por lo que ambos condenados deberán cumplir de manera efectiva la totalidad de los años de presidio decretados.

Leer fallo primera instancia publicado por el TOP.

A tener presente en este caso lo que señala   El Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago.

 

2 Commentarios

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