
En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada rechazó los recursos de nulidad presentados por las defensas y la parte querellante, ratificando las condenas contra seis involucrados en el millonario asalto ocurrido en marzo de 2020, donde se sustrajeron más de 15 mil millones de pesos desde la losa del terminal aéreo.
Pudahuel, Santiago de Chili. 23 de julio 2025. La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó las condenas dictadas contra los autores y la encubridora del conocido “Robo del siglo”, perpetrado el 9 de marzo de 2020 en las dependencias de Aerosan, en el aeropuerto de Pudahuel. En un fallo unánime (rol 2.490-2025), la Octava Sala del tribunal –compuesta por el ministro Alejandro Rivera, la ministra Sandra Araya y la abogada integrante Magaly Correa– rechazó los recursos de nulidad presentados tanto por la empresa querellante Brinks Chile SpA como por las defensas de los seis condenados.
Fueron confirmadas las condenas en contra de Eloy Varas Sáez, Danilo Leyton Palma, Ariel García Garrido, Pedro Saldías Lecaros y Eliazar Parra Santibáñez, como autores del delito consumado de robo con violencia e intimidación, y de Katherine del Carmen Pino Fuentes, en calidad de encubridora.
La Corte descartó falta de fundamentación o infracción legal en la sentencia dictada por el Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, señalando que el fallo cumplió con el deber de motivación exigido por el Código Procesal Penal. En particular, rechazó que se hubiera vulnerado el derecho de defensa en el análisis de la agravante del artículo 449 bis del Código Penal, relativa a la participación de una agrupación criminal organizada.
Además, el tribunal desestimó las críticas por el rechazo de la atenuante de colaboración sustancial solicitada por las defensas, señalando que no hubo aportes efectivos que ayudaran al esclarecimiento de los hechos más allá de lo ya demostrado por el Ministerio Público. El fallo subraya que las declaraciones prestadas por algunos de los acusados fueron parciales, defensivas y sin relevancia probatoria adicional.
Respecto a la imputación de contradicciones en el tratamiento de las atenuantes entre distintos acusados, el tribunal precisó que la colaboración de algunos, como Eloy Varas, permitió identificar a otros partícipes y fue clave para nuevas condenas, situación que no se replicó en el caso de Leyton Palma.
El fallo también valoró que la planificación del delito incluyó logística organizada, distribución de roles y uso de armas de fuego, lo que justificó la aplicación de la agravante legal.
Con esta decisión, el Poder Judicial da por cerrada una de las causas penales más mediáticas de la última década, que involucró el robo de más de 15 mil millones de pesos desde la losa del aeropuerto, y en la que participaron al menos una decena de personas organizadas con altos niveles de coordinación y violencia.
La sentencia, ahora confirmada, representa un precedente importante en la persecución penal de delitos complejos cometidos por bandas criminales organizadas.
- Eloy Rafael Varas Sáez: a dieciséis (16) años de presidio mayor en su grado máximo y accesorias legales, como autor de robo con violencia e intimidación, receptación de vehículos motorizados, receptación de placas patentes y daños.
- Danilo Orlando Leyton Palma: a diecisiete (17) años de presidio mayor en su grado máximo y accesorias legales, como autor de robo con violencia e intimidación, receptación de vehículos motorizados, receptación de placas patentes y daños.
- Ariel Camilo García Garrido: a veinte (20) años de presidio mayor en su grado máximo y accesorias legales, como autor de robo con violencia e intimidación, receptación de vehículos motorizados, receptación de placas patentes y daños, más tenencia ilegal de armas y municiones.
- Pedro Joel Saldías Lecaros: a diecisiete (17) años de presidio mayor en su grado máximo y accesorias legales, como autor de robo con violencia e intimidación, receptación de vehículos motorizados, receptación de placas patentes y daños, tenencia ilegal de arma de fuego convencional.
- Eliazar Esteban Parra Santibáñez: a veinte (20) años de presidio mayor en su grado máximo y accesorias legales, como autor de robo con violencia e intimidación, receptación de vehículos motorizados, receptación de placas patentes y daños, maltrato a miembros de la PDI, soborno y falsificación de instrumentos públicos.
- Katherine Paola del Carmen Pino Fuentes: a dos (2) años de presidio menor en su grado medio y suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como encubridora del delito de robo con violencia e intimidación.
- Leer fallo de este caso qui. Fallo de la Corte de Apelaciones.

