La Comisión Especial encargada de conocer proyectos relativos a probidad y transparencia continuó con el despacho de las normas y regulaciones sobre propaganda en recintos privados.
Los senadores de la Comisión Especial de Probidad y Transparencia concluyeron en la más reciente jornada el estudio de las indicaciones relativas al capítulo de propaganda electoral, en el marco del proyecto sobre fortalecimiento de la democracia e incluyeron severas regulaciones para los candidatos, sus comandos y brigadistas.
Quedó pendiente así el debate y análisis del capítulo correspondiente a los partidos políticos y también el Servicio Electoral. Por ello, la instancia acordó continuar el estudio del texto legal la próxima semana, en dos jornadas: el miércoles 7 de octubre, entre las 19 y las 21 horas y, el jueves 8 de octubre, entre las 9 y las 18 horas.
Cabe consignar que este proyecto es parte de una amplia agenda de iniciativas de Probidad y Transparencia que está tramitando el Congreso y que son prioridad para la institución. (Revise reportaje referido a los proyectos en trámite)
PUNTOS DESPACHADOS
La Comisión Especial encargada de conocer proyectos relativos a probidad y transparencia avanzó en los siguientes puntos relativos a la propaganda electoral en recintos privados:
- A) Por votación de mayoría se aprobó autorizar la instalación de afiches y carteles adheridos en un tamaño máximo de 6 metros, cuyo costo se acreditará como gasto electoral.
- B) Se aprobó que los candidatos deberán llevar un registro de los brigadistas, sedes y vehículos destinados a su campaña según las normas del Servel.
- C) Será responsabilidad de los candidatos verificar que se cumpla la disposición que establece que no podrán ser brigadistas quienes hayan cometido delitos.
- D) El candidato será subsidiariamente responsable de los daños dolosamente causados por sus brigadistas en actos por propaganda electoral.
- E) El juez que conozca de estas causas podrá ordenar la retención del respectivo reembolso del gasto electoral.
Publicado el: 01/10/2015
Fuente: http://www.senado.cl/prontus_senado/site/artic/20150930/pags/20150930184010.html