Estimadas vecinas, el Bono por Hijo es un aporte por cada hijo nacido vivo o adoptado para todas las madres chilenas, sin importar su condición social, laboral o económica, para mejorar sus pensiones.
Tienen derecho a recibirlo las mujeres pensionadas que estén afiliadas a una AFP; las mujeres beneficiarias de la Pensión Básica Solidaria y mujeres que sin estar afiliadas a un régimen previsional perciban una pensión de sobrevivencia o viudez de la AFP o del Instituto de Previsión Social (ex INP).
Lo Requisitos para acceder al bono
– Ser mujer
– Tener o haber tenido un hijo nacido vivo o adoptado.
– Tener a lo menos 65 años de edad.
– Haber vivido al menos 20 años en Chile, continuos o discontinuos, contados desde los 20 años de edad de la peticionaria; y además haber residido en Chile al menos 4 años en los últimos 5 años anteriores a la solicitud.
– A las mujeres que fueron exiliadas, que se encuentran registradas en la Oficina de Retorno y Diplomáticas, se les computará el tiempo pasado en el extranjero como residido en Chile.
– Pensionarse a partir del 1º de julio de 2009.
Monto del bono
– Será el equivalente al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales.
– Entre el 1 de julio de 2014 y el 30 de junio de 2015 el monto es de $405.000.
– Entre el 1 de julio de 2015 y el 31 de diciembre de 2015 el monto es de $433.800.
– Y a partir del 1 de enero de 2016 el monto es de $450.000.
– Para los hijos nacidos después del 1 de julio de 2009, se considerará el ingreso mínimo vigente al mes de nacimiento del hijo.
¿Cómo hacer el trámite?
Diríjase con su cédula de identidad o un poder notarial si hace el trámite por otra persona hasta las oficinas de su institución previsional a la que este afiliado, o un centro de atención IPS-CHILEANTIENDE más cercano.
Explique que el motivo de su visita es obtener el bono por hijo.
Le darán una copia de su solicitud y habrá solicitado el beneficio.
Para consultas, llame al 600-440-0040.
Cristian Norambuena
Abogado

