Una de las principales promesas de campaña del Presidente Sebastián Piñera era extender el beneficio del postnatal para las madres trabajadoras, y se cumplió. Es así como de las doce semanas que se gozaba hasta antes de la entrada en vigencia de la Ley llegamos a 12 semanas adicionales, hasta alcanzar las 24 semanas íntegras con tope de 66 UF brutas.
Una de las innovaciones que trae este nuevo beneficio es que serán las propias madres las que optarán por la forma de tomar su postnatal, las que serán 12 semanas adicionales con permiso completo con un 100% del subsidio con tope de 66 UF, o de 18 semanas a media jornada con la mitad del subsidio.
Si durante el postnatal parental de media jornada, el hijo se enferma gravemente, las madres tendrán Derecho al subsidio por enfermedad grave del hijo menor de un año por la media jornada que trabaja, el que podrá coexistir con el permiso por enfermedad grave, por un plazo de 12 semanas.
Es preciso que con treinta días de anticipación a comenzar el postnatal parental, las mujeres den aviso a la Inspección del Trabajo de la forma en que ejercerán este beneficio. De no informar la manera de ejercerlo, por el solo ministerio de la Ley se entenderá que la mujer ha optado por las 12 semanas completas.
Con la fecha de publicación (17/10/2011) en el diario oficial, la norma será automáticamente aplicable a todas las mujeres que en ese momento estén con su pre o postnatal, así como todas aquellas que, habiendo terminado su postnatal, tengan un hijo menor de 24 semanas. Es preciso tener presente que este beneficio se aplica a todas las mujeres trabajadoras dependientes o independientes que estén afiliadas, trabajando y tengan un mínimo de 6 meses de cotizaciones provisionales. El caso de las mujeres independientes a honorarios o por cuenta propia deberán tener un año de afiliación provisional y 6 o más cotizaciones, continuas o discontinuas, dentro de los 6 meses anteriores al prenatal, pagando la cotización correspondiente al mes anterior a la que empieza la licencia, por el contrario las mujeres dependientes, necesitan tener 6 meses de afiliación provisional y 3 o mas cotizaciones, continuas o no, dentro de los 6 meses anteriores al prenatal.
¿Se puede traspasar este beneficio al padre, y en que condiciones? Una de las mayores innovaciones de esta nueva legislación, versa sobre la posibilidad de las madres de traspasar parte del beneficio al padre, es así como si la mujer opta por tomarse el postnatal de 12 semanas completas, puede traspasar al padre hasta 6 semanas, de lo contrarios si se opta por las 18 semanas a tiempo parcial se pueden traspasar al padre hasta 12 semanas en media jornada. Los 5 días a los que el padre tiene Derecho al nacer un hijo, permanecen inalterados y a demás se le transfiere el Fuero de la madre que lo protege del despido de su trabajo y empieza a correr 10 días antes del inicio del mismo.
El monto del subsidio será el promedio de las remuneraciones o rentas obtenidas antes del embarazo, comparadas con el promedio obtenido los 3 o 6 meses antes de irse de prenatal. El monto del subsidio será el menor de los dos promedios, garantizándose un mínimo de medio ingreso mínimo mensual y un tope de 66 UF. Para las mujeres trabajadoras habituales a contrato fijo, obra o faena que no estás trabajando al momento de empezar el prenatal, el monto del subsidio será el promedio de la renta de los últimos 24 meses, con un mínimo de medio ingreso mínimo mensual y un tope de 66 UF.
En el caso de las mujeres que tengan partos múltiples o hijos prematuros, la nueva legislación les beneficia de la siguiente forma; Niños prematuros nacidos antes de las 32 semanas de gestación o pesen menos de un kilo y medio al nacer, se les otorgarán 6 semanas adicionales de postnatal. A las que hayan tenido un parto múltiple, se les concederán 7 días corridos extra de postnatal por cada hijo adicional.
Este beneficio también llega a quienes han tomado la hermosa decisión de adoptar un hijo, es así como aquellos padres de hijos adoptados menores de 6 meses gozarán tanto del periodo postnatal, como del nuevo periodo del postnatal parental. Para los mayores de 6 meses y menores de 18 años, se concede al adoptante el periodo de permiso postnatal parental, con el correspondiente subsidio.
Las mujeres también seguirán gozando del Derecho a fuero desde el momento de la concepción y hasta que el niño cumpla 12 semanas de vida, no se toca ningún derecho adquirido en materia de pre y postnatal. Las cotizaciones durante todo el permiso maternal ( pre y postnatal y postnatal parental) las paga el Estado, por el total de las remuneraciones.
En el caso que al momento de regir la nueva legislación de postnatal parental, la mujer se encuentra con mas de tres meses de postnatal, podrá acogerse al postnatal extendido hasta que el hijo cumpa, las 24 semanas. Si ha vuelto a trabajar, el empleador deberá dar los permisos necesarios y las autorizaciones para que la mujer cuide su hijo hasta las 24 semanas.
Con todo, este nuevo beneficio, otorgado por el gobierno satisface de manera integra el deseo de la gran mayoría de las mujeres de nuestro país, vine a salvar las omisiones de años de indolencia legislativa, y otorga en definitiva a nuestro ordenamiento jurídico bases sólidas para seguir defendiendo el Derecho de los niños incluso antes de nacer y por supuesto posterior a su nacimiento.
En esta ocasión a parte de sus comentarios que siempre son bien recibidos, permitiré consultas a mi correo personalbernardonorambuena@gmail.com, para aquellas que tengan interés en aclarar puntos o temas particulares.
BERNARDO NORAMBUENA
A B O G A D O


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