Drogas y conducción: una combinación mortal

Drogas y conducción: una combinación mortal
Francisco Chahuán

A través de una moción se busca sancionar con presidio menor en su grado mínimo a medio, a quienes incurran en este tipo de conducta. A la vez, se propone la cancelación definitiva de la licencia de conducir y la realización de test periódicos de detección de estas sustancias.

Luego que se conociera que el conductor que protagonizó un accidente de tránsito en Mendoza, donde resultaron fallecidos tres menores chilenos de la escuela de fútbol Colo Colo Lo Boza en febrero pasado, había consumido cocaína y marihuana antes del viaje, la urgencia de legislar al respecto volvió a hacerse patente.

Considerando este y otros numerosos casos, el senador Francisco Chahuán presentó un proyecto que modifica la ley N°20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, para sancionar con la pena de presidio menor en su grado mínimo a los conductores que consuman sustancias prohibidas.

La moción en primer trámite que será estudiada por los integrantes de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, plantea que “los conductores de vehículos que posean licencia de conducir profesional para el transportes de personas, que consuman algunas de las sustancias señaladas en la citada ley, serán sancionados con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio (desde 61 días a tres años y un día), aplicándosele la pena accesoria de cancelación definitiva de su licencia de conducir”.

Asimismo y con el fin de prevenir el consumo indebido de esas sustancias, el texto establece que “se someterá a estos conductores a un control periódico y aleatorio”. De hecho, la intención del legislador es generar una cultura donde el consumo de drogas esté reñido con la conducción.

“La Ley de Tránsito de nuestro país establece que entre los requisitos generales que deben cumplir los postulantes a obtener licencia de conducir, está el de acreditar, mediante declaración jurada, que no es consumidor de drogas, estupefacientes o sustancias sicotrópicas prohibidas”, cita el senador Chahuán.

El mismo reconoce que “aun cuando nos parece importante que se cumpla con esta norma, tal declaración queda sujeta al mero arbitrio de quien la emita, que no puede comprobarse su veracidad”.

Recordando el mencionado incidente en Mendoza, “a fin de prevenir este tipo de trágicos accidentes, estimamos que los conductores de vehículos de transporte de personas, mencionados en el artículo 12 de la Ley de Tránsito, que consuman drogas prohibidas, deben ser sancionados con penas corporales, dada la peligrosidad que tal conducta involucra”, enfatiza  legislador.

Publicado el: 21/03/2018

Fuente:  http://www.senado.cl/prontus_senado/site/artic/20180321/pags/20180321100335.html