Norma que evitará la evasión del pago en el transporte público lista para convertirse en ley

Norma que evitará la evasión del pago en el transporte público lista para convertirse en ley
Senadores

Esto, luego que el Senado respaldara las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados, entre otras, las que aumentan las sanciones para quienes agredan a quienes fiscalicen y la que determina que el registro de evasores no será público, sino que se podrá solicitar vía ley general de transparencia.

 » – ¿CUÁL ES EL OBJETIVO DEL PROYECTO?

» – ¿Y QUÉ EFECTOS TIENE ESTAR EN EL REGISTRO DE INFRACTORES?

Con el debate centrado en el uso y acceso de la base de datos de los pasajeros infractores y la protección de los datos personales, finalmente se despachó el proyecto que modifica la ley de Tránsito y la ley N°18.287, con el fin de adoptar medidas de seguridad y control en lo relativo a los medios de pago del transporte público remunerado de pasajeros, establecer sanciones, crear un registro de pasajeros infractores (que no cancelen multas por infracciones reiteradas) y modificar normas procedimentales.

Esto, luego de que el Senado aprobara las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados al proyecto de ley.

Entre otros se respaldó por mayoría el aumento de las sanciones para quienes agredan a funcionarios que fiscalicen en el transporte público; la prohibición de la obtención de las licencias de conducir, pases escolares y permisos de circulación a los evasores que estén en el Registro. En tanto, el acceso al registro de evasores será vía ley general de transparencia y además se incorpora la tecnología para evitar y registrar la evasión.

Durante la sesión todos los senadores coincidieron, con algunos matices, con la necesidad de infraccionar y terminar con la evasión en el transporte público no solo en la Región Metropolitana sino también en regiones. Al respecto, los senadores Francisco Chahuán, Alejandro García Huidobro y Juan Antonio Coloma  indicaron que este es uno de los mayores desafíos y destacaron que el proyecto, finalmente, resguardará también los datos personales.

Por su parte, el senador Felipe Harboe coincidió con que todos queremos que el transporte se pague, pero recordó que tal “como estaba planteado originalmente el proyecto, no era adecuado para la protección de la vida de las personas”. Postura similar señaló el senador Alfonso De Urresti, quien calificó la antigua propuesta de un registro público como el “Dicom de los pobres”, además de solicitar que se equipare la preocupación con las regiones.

 A su turno, los senadores Juan Pablo Letelier y Alejandro Guillier, aludieron a la “confrontación” que se podría dar entre la vida privada, el derecho a la información, lo público y lo privado. Más aún, el senador Letelier manifestó que se ha tenido una actitud “sumamente tolerante” con los evasores.

Al respecto, la ministra de Transportes puntualizó que “el registro de evasores solo recaerá en aquellas personas quienes siendo reiteradas veces infraccionadas no cancelen las multas”, desestimó así las aprensiones respecto a los alcances negativos que podría tener dicho registro.

– ¿CUÁL ES EL OBJETIVO DEL PROYECTO?

El texto legal apunta a aplicar sanciones más severas a quienes no paguen el transporte público o que utilicen un mecanismo para acceder a él, pese a no ser titulares. Junto a ello, también se crea un Registro de Usuarios y un Registro de Pasajeros Infractores.

– Registro de Usuarios del sistema de transporte:

El Ministerio de Transportes llevará un registro con la individualización y registro de todas aquellas personas a quienes se entrega de un mecanismo o instrumento que permita el acceso al transporte público remunerado de pasajero.

En este proyecto, el uso indebido del instrumento o mecanismo que permita el acceso al transporte público de pasajeros también está sancionado y Carabineros, los inspectores fiscales y municipales y el personal autorizado de ferrocarriles de servicio metropolitano podrán solicitar al portador del instrumento o mecanismo de pago respectivo que acrediten su identidad o titularidad justamente del mismo. Todo lo anterior con la finalidad de poder detectar el uso indebido de dichos instrumentos.

– Registro de Pasajeros Infractores:

En el registro solo se consignará a aquel pasajero infractor que, a su vez, no cumple con el pago de la multa respectiva.

Además, como se trata de promover el pago de las tarifas y no criminalizar a la persona que, por falta de recursos, en determinado momento no pagó. El proyecto de ley contiene un doble beneficio, porque le permite al quien quiera resarcir su conducta tener una rebaja que es superior a la actual. Y, en segundo lugar, además, le da más plazo para pagar. Es decir, se dan facilidades para las personas que quieran solucionar su conducta.

La operación y administración de este registro estará a cargo del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y un reglamento deberá garantizar las medidas de seguridad en el tratamiento de la información y el ejercicio justamente de los derechos de los infractores en el caso de que se cancele y eso significa que tendrá carácter reservado y solo se consultará vía ley de transparencia por personas naturales.

– ¿Y QUÉ EFECTOS TIENE ESTAR EN EL REGISTRO DE INFRACTORES?

Si no se cancelan las multas por reiteradas infracciones, se puede terminar en el registro de infractores y esto tendrá efectos muy concretos por ejemplo, no va a poder obtener su licencia de conducir mientras esté en el Registro de Evasores. Lo mismo respecto del pase escolar. Además, la Cámara de Diputados agregó otros efectos: por ejemplo, no se podrá obtener el permiso de circulación mientras no se pague la multa.

Sin embargo, una vez que se pague la multa, el infractor sale del registro y puede obtener estos documentos todos relacionados con transportes.

Publicado el: 16/01/2018

Fuente: http://www.senado.cl/prontus_senado/site/artic/20180116/pags/20180116191754.html#vtxt_cuerpo_T0